El Real Decreto Ley 3/2020, de Distribución de Seguros, en su artículo 157-1 G, establece:
“En el caso de que el corredor de seguros ejerza su actividad en determinados productos bajo la dirección de otro corredor que asuma la total responsabilidad de los actos de aquel, deberá informar previamente por escrito de ello a su cliente”.
En ese sentido, se ha creado el espacio denominado “Asociado Estratégico”, al que todo nuestro colectivo profesional puede acceder para conocer qué asociado tiene esa condición de apoyo y colaboración.